No pierdas la oportunidad de ofrecer a tus clientes descuento financiado por el Ayuntamiento de Lucena sin que a ti te cueste nada.
Solo tienes que adherirte a esta beneficiosa campaña para tu negocio.
Son bonos que son gratuitos pero cuyo valor de compra en el establecimiento es de 10€. Los 10€ por bono lo asume el Ayuntamiento de Lucena.
Para adquirir uno de los bonos es necesario ser mayor de edad. Compra máxima de 6 bonos por persona. En este caso, el cliente no paga nada, aunque el valor real de compra será de 60€, para consumir en cualquiera de los establecimientos adheridos a esta campaña.
El/la consumidor/a recibirá en su correo electrónico un enlace de descarga a un archivo (pdf) con un código QR que podrá descargar en su móvil o imprimir en papel. Ese es el QR que el establecimiento escaneará para recibir el pago por parte del Ayuntamiento a través de una aplicación móvil.
El Ayuntamiento por medio de la adjudicataria abonará directamente al establecimiento el importe correspondiente TRAS LAS COMPROBACIONES PERTINENTES DEL CORRECTO USO DEL BONO EN EL LOCAL.
Siempre el importe total del ticket o factura PVP IVA Incluido debe ser mayor al valor total de los bonos canjeados.
Se pueden canjear de la siguiente manera:
-HOSTELERIA
1 bono para canjear en compras superiores a 50€
2 bono para canjear en compras superiores a 100€
-RESTO DE ESTABLECIMIENTOS
1 bono para canjear en compras superiores a 30€
2 bono para canjear en compras superiores a 60€
*IMPORTANTE: Una vez descargados DISPONES DE 48 HORAS (2 días) para gastarlos, si no los usa, caducan y regresan a estar disponible en la web.
Es obligatorio que los establecimientos guarden una copia del ticket de compra para futuras comprobaciones.
Cuando se emita la orden de pago de las diferentes remesas, llegará a cada establecimiento un informe con los pagos que va a recibir. Es importante que se vayan comprobando los pagos realizados en cada remesa para evitar posibles incidencias finales
- Estar definido como microempresa (ocupa a menos de 10 personas y tiene un volumen de negocios anual o un balance general anual que no supera los 2 millones de euros), conforme al Anexo I del Reglamento (UE) no 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
- Tener un establecimiento abierto al público en el término municipal de Lucena
- Pasarás a formar parte del listado de establecimientos donde canjear los bonos que aparecerá en la web de compras.
- Deberás tener un Smartphone con cámara fotográfica y con acceso a datos o wifi durante su uso en la operación de escaneo.
- Deberás descargar una aplicación móvil gratuita (Bonoscan).